La preocupación de perder la vivienda habitual por no pagar las deudas es común entre los deudores. Muchas personas se preguntan si es posible que les embarguen su casa debido a impagos. Las dudas más frecuentes incluyen: ¿En qué casos pueden embargar la vivienda? ¿Se puede embargar si hay dos propietarios? ¿Pueden embargar una vivienda por deudas no relacionadas con hipotecas? ¿Es posible vivir en una casa embargada? En Finques Palau te aclaramos estas cuestiones.
En primer lugar, sí es posible embargar una vivienda habitual si se incumplen los pagos de deudas. Este proceso requiere una resolución judicial o administrativa que autorice la medida. Existen diversas situaciones en las que se puede embargar la vivienda habitual, como:
- Deudas con la Administración: Si se deben cantidades a la Seguridad Social o Hacienda, un autónomo puede ver embargada su vivienda habitual si no tiene otros bienes para cubrir la deuda. Además, deben pasar al menos dos años desde el embargo hasta la subasta de la propiedad.
- Impago de hipoteca: En el caso de una hipoteca, la propiedad es la garantía del préstamo. Si el impago es prolongado (al menos 12 cuotas o el 3% del préstamo en la primera mitad, o 15 cuotas o el 7% en la segunda mitad), el banco puede iniciar la ejecución hipotecaria.
- Deudas con entidades financieras o terceros: Si se tiene deuda con otro banco o con una persona, también se podría embargar la vivienda, pero solo si la deuda es considerable y no se pueden embargar otros bienes.
Si un cónyuge tiene deudas importantes bajo el régimen de gananciales, el patrimonio común, incluida la vivienda, puede ser embargado. Sin embargo, existen opciones para evitar el embargo. En casos de ejecución hipotecaria, se puede intentar renegociar la deuda con el banco. Además, la Ley de la Segunda Oportunidad ofrece una solución legal para frenar los embargos y cancelar las deudas, incluso las relacionadas con la vivienda habitual.